SECUESTRADO AVIÓN DE PASAJEROS CUBANO

Y CONDUCIDO A ESTADOS UNIDOS

 

Ayer miércoles 19 de marzo un avión DC-3 Aerotaxi de la Empresa Nacional de Servicios Aéreos, matrícula CUT-1192, número de vuelo CNI-877, había despegado del aeropuerto de Nueva Gerona, Isla de la Juventud, con rumbo hacia La Habana a las 6:51 de la tarde, con 31 pasajeros, 5 tripulantes y un escolta. Entre los pasajeros viajaban 25 ciudadanos cubanos adultos, otro de nacionalidad italiana y cinco niños.

A las 7:24 p.m., a diez millas al sur del Aeropuerto de Boyeros, y cuando todo estaba listo para aterrizar, el capitán de la aeronave informó al Control de Tránsito Aéreo (ATC) que tenía problemas políticos a bordo y que se dirigía con rumbo norte.

Cuatro minutos después, a las 7:28 p.m., el ATC de Boyeros y el Puesto de Mando de la DAAFAR informaron que el capitán de un avión DC-3 que rendía vuelo Gerona-Habana había indicado que estaba siendo secuestrado y que a bordo se encontraba personal armado. Solicitó se le dieran las coordenadas para dirigirse a Miami por la ruta más directa, porque disponía de muy poco combustible.

A las 7:29 p.m. el avión cambió el código de identificación normal y estableció el código 7500, que se emplea cuando hay acciones de interferencias ilícitas a bordo, y se comunicó con el ATC de Boyeros, solicitando una ruta de vuelo aún más corta a causa de la insuficiencia de combustible, por lo que se le orientó tomar el rumbo de Cayo Hueso, única ruta más corta existente en esa dirección.

De inmediato, a las 7:30 p.m., el ATC de Boyeros comunicó al ATC de Miami que un avión DC-3 de Aerotaxi estaba siendo desviado de su ruta con personal armado a bordo y se le informó la dirección que llevaba. El ATC de Miami preguntó si el DC-3 iba escoltado por aviones de caza cubanos. Se le respondió que no. Aquel comunica que sería escoltado por aviones de caza norteamericanos hasta su aterrizaje.

Finalmente, a las 8:10 p.m. el ATC de Boyeros comunicó que el avión aterrizó en Cayo Hueso a las 8:07 p.m. Tiempo de vuelo total: una hora y 16 minutos.

Este hecho constituye un delito tipificado con toda precisión como acto de terrorismo en varios convenios internacionales ratificados por Cuba y Estados Unidos.

A las 9:00 a.m. de hoy jueves 20 de marzo el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba, a partir de los datos disponibles, entregó Nota Diplomática a la Oficina de Intereses de Estados Unidos en La Habana, haciendo lo mismo una hora más tarde a través de la Oficina de Intereses cubanos en Washington, demandando de las autoridades norteamericanas la devolución inmediata de la aeronave civil cubana secuestrada, de todos sus pasajeros y de los secuestradores que habían cometido el deleznable acto, expresamente tipificado como acto de terrorismo por tres convenios internacionales vigentes, de obligado acatamiento tanto por parte del gobierno de Cuba como del de Estados Unidos: el Convenio de Tokío del 14 de septiembre de 1963, denominado Convenio sobre las Infracciones y Ciertos Otros Actos Cometidos a Bordo de las Aeronaves; el Convenio de La Haya, del 16 de diciembre de 1970, bajo el título de Convenio para las Infracciones del Apoderamiento Ilícito de Aeronaves; el Convenio de Montreal, de 23 de septiembre de 1971, que se titula Convenio para las Infracciones de Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Aviación Civil.

El Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba demandó igualmente a las autoridades norteamericanas, en cuyo poder están hoy la nave, los pasajeros, tripulantes y secuestradores, la información sobre este incidente, las circunstancias en que se desarrolló y los demás datos disponibles y necesarios; llamó la atención sobre el peligro de la impunidad de actos de esta naturaleza para la seguridad de vidas humanas y la aeronavegación en la región; expresó su profunda preocupación por la pasividad y tolerancia con que las autoridades norteamericanas han actuado en el pasado ante actos de piratería de este tipo cometidos contra Cuba, que incluye privilegios excepcionales otorgados a los autores, lo cual constituye un especial estímulo a la comisión de acciones terroristas de este carácter, y la necesidad de que en esta ocasión el gobierno de Estados Unidos actúe en consecuencia con los compromisos contraídos en los acuerdos mencionados.

En adición a las violaciones señaladas, nuestro Ministerio de Relaciones Exteriores expresó que tales hechos constituyen una violación flagrante de los acuerdos migratorios suscritos en septiembre de 1994, por la obligación contraída por el gobierno de Estados Unidos de adoptar "todas las medidas efectivas para oponerse e impedir el uso de la violencia por parte de toda persona que intente llegar o llegue a Estados Unidos desde Cuba mediante el desvío forzoso de aeronaves y embarcaciones", así como el compromiso contraído "de descontinuar su práctica de otorgar la admisión provisional de todos los migrantes cubanos que llegan a territorio de Estados Unidos por vías irregulares", como se redactó textualmente y se aprobó en dichos acuerdos.

Las autoridades cubanas no disponen todavía de nuevos datos relacionados con los hechos ocurridos.

 

20.03.2003