Gaceta Oficial de la República de Cuba

La Habana, 20 abr.-  La Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó la Resolución número 81 del Ministerio de la Agricultura, que amplía el listado de productos agrícolas sin procesar industrialmente que pueden ser comercializados de manera directa en pesos cubanos entre establecimientos del sector turístico y los productores agropecuarios.

En su número 30 del 2021 la Gaceta informa que debido a la experiencia de la implantación de las ventas directas al turismo, la Comisión Gubernamental de Estímulo y Aseguramiento al Desarrollo del Turismo acordó ampliar el listado de productos y servicios a comercializar, y extender esa posibilidad a los agricultores pequeños, incluyendo los usufructuarios de tierra.

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Según el texto, la comercialización será entre los establecimientos hoteleros y gastronómicos del sector turístico y las empresas estatales que tienen en su patrimonio organopónicos, las Unidades Básicas de Producción Cooperativa, Cooperativas de Producción Agropecuaria, Cooperativas de Créditos y Servicios, y los agricultores pequeños, incluyendo los usufructuarios de tierra, vinculados o no a cooperativas o entidades estatales.

La publicación refiere que entre los productos agrícolas sin procesar industrialmente se incluyen las flores frescas y plantas ornamentales, el arroz consumo, carbón vegetal, arreglos florales, servicios de jardinería, especias y condimentos secos, huevos de gallina y de codorniz y productos agrícolas procesados y envasados.

Además, la Resolución explica que también podrán comercializar carne fresca congelada de ganado menor (ovino, caprino y cunícola), ahumados y subproductos de la carne y queso, así como productos procesados, elaborados y semielaborados agrícolas y cárnicos.

Para mayor información, consultar este número de la Gaceta Oficial de la República de Cuba en: https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2021-ex30.pdf