Pasaporte cubano

Las cuatro medidas migratorias anunciadas por el canciller Bruno Rodríguez, el pasado 28 de octubre, generan todavía debate entre los cubanos de todo el mundo. El programa televisivo, la Mesa Redonda, profundizó en la repercusión que tendrán las nuevas disposiciones una vez entren en vigor el próximo primero de enero.

Nuevas medidas migratorias de Cuba

  • Eliminar la “Habilitación” del pasaporte para los viajes a Cuba de los emigrados cubanos.
  • Autorizar la entrada y salida a Cuba de ciudadanos cubanos residentes en el exterior en embarcaciones de recreo, a través de las Marinas Turísticas Internacionales Hemingway y Gaviota-Varadero. Una vez que estén creadas las condiciones, se ampliaría progresivamente a otras marinas.
  • Permitir la entrada a Cuba de los ciudadanos cubanos que salieron ilegalmente del país, excepto aquellos que lo hicieron a través de la Base Naval de los Estados Unidos en Guantánamo.
  • Eliminar el requisito de avecindamiento para que los hijos de cubanos residentes en el exterior, que hayan nacido en el extranjero, puedan obtener la ciudadanía cubana y su documento de identidad.

Antecedentes y trascendencia de las medidas

Mesa Redonda sobre las medidas migratorias que entrarán en vigor el próximo primero de enero. Foto: Roberto Garaycoa/ Cubadebate.

Ernesto Soberón, director de Asuntos de Cubanos Residentes en el Exterior (DACRE), recordó que estas medidas forman parte del proceso continúo e irreversible de actualización de la política migratoria cubana y tienen en cuenta las sugerencias realizadas por los cubanos residentes en el exterior.

Asimismo, explicó que dan continuidad a las disposiciones adoptadas en enero del 2013, “cuya génesis se encuentra en el diálogo con la emigración iniciado en 1978 por el Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz y continuado por el presidente Raúl Castro”.

Sobre los antecedentes de este proceso de actualizción migratoria, el director de DACRE profundizó:

Desde 1978 hasta la actualidad han tenido lugar encuentros como los de Nación y Emigración de 1994, 1995 y 2004, en los cuales también se dieron a conocer medidas migratorias y relacionadas con la atención a los cubanos residentes en el exterior. A ellos se suman, las 157 Asociaciones de Cubanos que tenemos en 62 países y juegan un roll importante en defensa de la soberanía de nuestro país.

Para evidenciar la importancia de las cuatro regulaciones anunciadas, Soberón puso dos ejemplos.

  • “Bastaría con preguntarle a una madre o un padre que emigró de manera irregular, qué importancia tienen que a partir del primero de enero de 2018 pueda viajar de manera inmediata a Cuba sin tener que esperar por la limitación vigente de ocho años para las personas que emigraron de manera irregular”.
  • “Valdría la pena preguntarle a los padres residentes en el exterior, cuyos hijos han nacido en países donde solo se le reconoce la ciudadanía de sus padres, qué importancia tiene eliminar el requisito de avecindamiento y las facilidades que esta nueva medida otorga en materia de la obtención de la ciudadanía cubana para estos menores que se encontraban en situación de apatridio”.

¿Por qué existía la restricción de ocho años para quienes emigraban de forma ilegal? ¿Qué motivó eliminar estas limitaciones? “En su momento, se trató de salvaguardar la vida de las personas, no son pocos los que perdieron la vida en el mar tratando de llegar a los Estados Unidos, incentivados por políticas como la de “pies secos – pies mojados” y el parol, que fueron eliminadas. A su vez, se trataba de evitar que los migrantes se convirtieran en víctimas de bandas organizadas, que se dedican a la trata de personas”, explicó Ernesto Soberón.

Primera medida: Eliminar la Habilitación del pasaporte

A partir del próximo primero de enero no será necesario la habilitación del pasaporte cubano. Imagen: CubaMINREX/ Cubadebate.

 

Sobre la “habilitación” del pasaporte para los viajes a Cuba de los emigrados cubanos, el coronel del Ministerio del Interior (MININT), Roberto Aguilera, declaró que es una figura establecida en 2004 en sustitución de los entonces permisos de entrada y vigencia de viaje. La habilitación se obtenía una sola vez sin costo y era válida mientras el emigrado estuviera vivo, salvo que se le revocara por alguna cuestión fundamental.

A partir del primero de enero del 2018 se eliminará este requisito, por tanto a los emigrados cubanos que no posean limitantes de entrada al país, solo se les exigirá para viajar a la Isla que posean el pasaporte cubano válido y vigente.

Asimismo, Aguilera ratificó que se mantiene el requisito previsto en el Artículo 24 del Decreto Número 26 del año 1978 sobre la necesidad de prorrogar los pasaportes cada dos años.

“De forma excepcional se permitirá la entrada a Cuba de emigrados que salieron del país antes del 1 de enero de 1971 que posean pasaporte con otra ciudadanía, a partir de que hayan obtenido la ciudadanía del país que residen, medida que no es nueva y que se viene aplicando hace varios años ”, aclaró el coronel.

Además refirió que se mantienen vigentes los supuestos de entrada a Cuba previstos en el Artículo 24.1 de la Ley 1312/1976 (Ley de Emigración) que prohíben la entrada al país de personas con antecedentes terroristas, tráfico de personas, narcotráfico, lavado de dinero, tráfico de armas u otras actividades ilícitas perseguibles internacionalmente.

Descargue en PDF (636 KB): Ley No. 1312 “Ley de Migración” (Actualizada en 2012)

Se prohíbe también que pisen el territorio nacional personas vinculadas con hechos contra la humanidad, la dignidad humana, la salud colectiva o perseguibles en virtud de tratados internacionales de los que Cuba es parte, así como los que organicen, estimulen, realicen o participen en acciones hostiles contra los fundamentos políticos, económicos y sociales del Estado cubano.

Tampoco pueden entrar al país algunas personas cuando razones de defensa y seguridad nacional así lo aconsejen o incumplan las regulaciones de la Ley de Migración y su Reglamento y las disposiciones complementarias para la entrada a Cuba.

Segunda medida: Viajes de cubanos en yates

La segunda medida aclara que se autoriza la entrada y salida a Cuba de ciudadanos cubanos residentes en el exterior en embarcaciones de recreo a través de las marinas Hemingway (La Habana) y Gaviota-Varadero (Matanzas).

Sobre la entrada y salida a Cuba de ciudadanos cubanos residentes en el exterior en embarcaciones de recreo, el coronel Aguilera aclaró que los residentes en el territorio nacional que viajan al exterior por asuntos personales, no pueden regresar al país en dichas embarcaciones.

Añadió que esta medida da continuidad a las aplicadas el 22 de abril de 2016, cuando se autorizó la entrada y salida de ciudadanos cubanos en calidad de pasajeros y tripulantes, en buques mercantes y cruceros.

Por su parte, el coronel Víctor López, Jefe departamento Nacional de Capitanías de Puerto de la Jefatura Tropas Guardafronteras, explicó que la entrada y salida de ciudadanos cubanos residentes en el exterior por la vía marítima, tiene un impacto la seguridad de la navegación y la vida humana en el mar.

“Las Tropas Guardafronteras cuentan con las fuerzas y medios necesarios para asegurar una navegación segura y ordenada hacia las marinas Hemingway y Gaviota Varadero”, sentenció.

El coronel Víctor López Bravo, jefe del Departamento Nacional de Capitanías de Puerto de la Jefatura Tropas Guardafronteras. Foto. Roberto Garaycoa/ Cubadebate.

El coronel recordó a los cubanos que utilicen la vía marítima para viajar a Cuba, lo siguiente:

  1. Utilizar las posibilidades que brinda el sitio web del Ministerio de Turismo (http://www.cubanautica.travel) para enviar información adelantada sobre la embarcación, tripulantes y pasajeros lo que facilitará informar a los sistemas de control y ayuda a  la navegación sobre posibles atrasos en el arribo de las embarcaciones y adoptar medidas para su localización o búsqueda.
  1. Además de la documentación de la embarcación y las personas, traer confeccionadas la Declaración General de Embarcaciones de Recreo y la Lista de tripulantes y pasajeros, documentos que están disponibles en el Portal del Ministerio del Turismo. Esto permite realizar un despacho ágil ante las autoridades de la Capitanía de Puerto.

Señaló también que las embarcaciones deben presentar a su arribo a la marina el Certificado de Registro o Matricula actualizado que acredite la nacionalidad de la embarcación. En el caso de embarcaciones rentadas, documento que certifique tal condición. Las personas deben tener el pasaporte cubano actualizado y vigente.

Descargue en PDF (133 KB): Información para un tráfico marítimo seguro en Cuba

Tercera: Permitir la entrada a quienes salieron ilegalmente

El coronel del MININT, Roberto Aguilera, durante la Mesa Redonda. Foto: Roberto Garaycoa/ Cubadebate.

El coronel del MININT, Roberto Aguilera, durante la Mesa Redonda. Foto: Roberto Garaycoa/ Cubadebate.

Permitir la entrada a Cuba de los ciudadanos cubanos que salieron ilegalmente del país, excepto aquellos que lo hicieron a través de la Base Naval de los Estados Unidos en Guantánamo.

En cuanto a esta medida, Roberto Aguilera ratificó que se mantiene la limitación indefinida para la entrada a Cuba, de quienes salieron del país a través de la Base Naval de Guantánamo.

“Esta limitación no incluye a los cubanos que fueron interceptados por el Servicio de Guardacostas de los Estados Unidos y trasladados a ese enclave militar, quienes sí pueden viajar a Cuba”, añadió Aguilera.

Durante la Mesa Redonda, se explicó que se mantiene vigente la limitación de entrada a las personas que viajaron al exterior por asuntos oficiales y abandonaron la misión (ocho años a profesionales de la salud y deportistas y entrenadores de alto rendimiento y cinco años para el resto).

Cuarta medida: Eliminar el requisito de avecindamiento

Cuarta medida: Eliminar el requisito de avecindamiento

Eliminar el requisito de avecindamiento para que los hijos de cubanos residentes en el exterior, que hayan nacido en el extranjero, puedan obtener la ciudadanía cubana y su documento de identidad.

Asimismo, a partir del próximo primero de enero, los nacidos en el extranjero de padre o madre cubanos no requerirán avecindarse en Cuba (viajar a a la Isla y establecer domicilio en él por un tiempo determinado) para obtener la ciudadanía cubana. Este trámite se puede realizar en los consulados o en las Oficinas de Trámites del Ministerio del Interior.

En este sentido los que obtengan la ciudadanía por trámite realizado en un consulado cubano (sin viajar a Cuba), podrán obtener como documento de identidad, el Pasaporte Cubano. Sin embargo para la obtención del Carné de Identidad, se requiere la presencia en Cuba del interesado.

Situación migratoria actual con EEUU

Ernesto Soberón, director de DACRE. Foto: Roberto Garaycoa/ Cubadebate.

Antes de finalizar el programa, Ernesto Soberón retomó la palabra y ofreció algunos datos sobre el “incremento sostenido de los viajes de los cubanos residentes en Cuba a distintos países” y de los viajes de cubanos que residen en otros territorios a la Isla.

Datos sobre viajes de cubanos:

  • Desde el 14 de enero del 2013 hasta el 24 de octubre del presente año habían viajado al exterior más de 779 mil cubanos residentes en Cuba, el 79% de ellos por primera vez.
  • En lo que va de año, a pesar de las circunstancias, a las cuales me referiré en breve, se ha alcanzado un 28% de crecimiento en relación con la misma etapa del año anterior.
  • Sólo el 11% de esa cifra de cubanos que viajaron a otros países, establecieron residencia permanente en el exterior.
  • En el caso de EE.UU., desde el 14 de enero de 2013 hasta el 24 de octubre del presente año, habían viajado 322 mil cubanos que realizaron 815 mil viajes, evidentemente hubo personas que viajaron varias veces.
  • En lo que va de año viajaron a este país 173 mil cubanos que hicieron 273 mil

Al respecto de la situación del consulado cubano en los Estados Unidos, Soberón dijo que la decisión del gobierno norteamericano de reducir el personal de la embajada en Washington “afecta directamente el derecho de los cubanos a viajar, e incluso, a emigrar”.

“Resulta muy lamentable que invocando pretextos políticamente motivados se afecte el derecho de los ciudadanos cubanos a visitar a sus familiares”, añadió el director de Asuntos de Cubanos Residentes en el Exterior.

El obligatorio traslado a Colombia de los ciudadanos cubanos que deseen obtener visas de inmigrantes, y a terceros países para todos los cubanos que deseen obtener una visa para viajar temporalmente a los Estados Unidos, sin ningún tipo de garantía de que las mismas sean concedidas, sobre la base de no reembolsar los costos en los que los ciudadanos cubanos tienen que incurrir para tramitar esas visas, la distancia geográfica, las dificultades de conexión aérea y las circunstancias del hecho de que Colombia sea un país de Suramérica no cercano a Cuba, harán prácticamente inviable el requisito, ya discriminatorio, de que los cubanos para emigrar tengan que realizar penosas entrevistas presenciales en la era de las comunicaciones digitales. Además, esta medida encarecerá significativamente el proceso.

Sobre la decisión de retirar a diplomáticos cubanos de Washington, Soberón cuestionó: “valdría la pena preguntar al Departamento de Estado cuál es la verdadera razón por la que ha desmantelado el Consulado cubano en Washington, dejándolo en condiciones totalmente precarias, con un solo cónsul, sabiendo que el resultado neto será dificultar los trámites consulares para los cubanos residentes de los Estados Unidos y para los propios ciudadanos estadounidenses”.