José Martí y Bandera cubana

“El yo no es un principio absoluto

de los conocimientos humanos.

Es un agente dispuesto a conocer”

Obras Completas, Cuadernos de Apuntes J. Martí, , t. 21, p. 56

I

En mayo y junio de 1875 José Martí, con el seudónimo de “Orestes” nos ofrece las crónicas de un encuentro organizado por el Colegio de Abogados de México que, según sus palabras, había dejado en su ánimo “una memoria complacida y agradable”. Ese encuentro daba inicio a lo que se dio en llamar “Clases Orales”, con la participación de los miembros de dicha organización gremial.

En la segunda de esas crónicas se refiere a su disertación breve que semanas antes había realizado sobre dicho encuentro en las propias páginas  de la Revista Universal, y destaca la “…importancia y resultados posibles de la nueva era” que con la realización de dicho encuentro se abría “para la corporación que las sustenta, y para los que de una manera amplia y concreta quieren fijar sus pensamientos en determinados puntos del Derecho”.

Nos habla de la apertura de cátedras públicas, “donde se razonen con todos los criterios las cuestiones elementales de la ciencia jurídica, ciencia madre como la filosófica, engendro y resultado natural de esta última, tanto más real, cuanto más se aleja de las interpretaciones y las adiciones formales con que las desfigura muchas veces el desmedido afán de ciencia humano”. Es interesante conocer el contenido ius-filosófico de su reflexión, así como el pronunciamiento sobre dos cuestiones esenciales que atentan contra la eficacia del Derecho. la interpretación  de las normas y las formalidades que lo acompañan.

Es Martí, el filósofo y jurista, el revolucionario y humanista, quien nos ofrece importantes apreciaciones sobre estos temas, que fueron objeto de sus estudios y atención, tanto desde una visión científica, teórico-conceptual, como por su enfoque sistémico, lo cual tiene singular importancia a la luz de la ciencia cibernética que desde hace algunas décadas se ha establecido como “ciencia de la información y control”, dos fines consustanciales  del Derecho. Comprender la relación entre filosofía y Derecho y entre éste y la cibernética abre, sin dudas, un amplio campo para la interpretación  y desarrollo de las Ciencias Jurídicas, de gran importancia en la actualidad cubana, particularmente para la construcción del modelo socialista que nos hemos propuesto..

Como una cuestión interesante, es significativo que tres años después, en marzo de 1878,  desde Guatemala, angustiado, al recibir una “…injusta y amorosa carta” de Doña Leonor, expresa que la querida madre “Realmente, se cree que yo  las he sacrificado a mi bienestar”. Pero no solo se siente golpeado por esa situación familiar, sino que también es el momento en que, tras su posición ante la injusta decisión de destituir de su cargo de Director de la Escuela Normal “…a un cubano inteligente, honrado y amoroso…” (José M. Izaguirre), se ve impelido a abandonar Guatemala.

Es igualmente interesante  conocer cómo se llevó a cabo la vinculación de Martí en relación con cuestiones prácticas del Derecho, además de sus estudios sobre  Filosofía y Derecho, en aspectos que él denomina “áridas cuestiones”, que requieren ser comprendidas para una correcta valoración e interpretación científica acerca del Derecho y la Sociedad. De esa comprensión depende en gran medida la eficacia de las leyes y del sistema de normas jurídicas.

Cuando decide regresar endeudado a Cuba, escribe en dos cartas seguidas dirigidas a su entrañable amigo Manuel Mercado y le comunica que  “no a ser mártir pueril; -a trabajar para los míos, y a fortificarme para la lucha voy a Cuba”. En medio de esa angustia le escribe a su confidente: “Voy a ser abogado, cultivador, maestro; un zurcidor de fórmulas, un sembrador de viandas, un inspirador de ideas confusas, -perdido en las espumas del mar. –Voy, sin embargo.” Y así lo hace. El 17 de enero de 1879 vuelve a escribirle a Mercado; esta vez desde la Habana y le dice: “Vivo ahora Industria 115”.

En esa epístola añade: “Nicolás Azcárate, que se halla en su círculo, que tiene la fortuna de hacer vivir un perpetuo sueño a sus cuarenta años, y que aquí encuentran hoy triunfante la solución que durante toda su vida predicó-, me ha buscado con insistencia. –y en mi bufete, que está en su casa, escribo.- Me proponen una Alcaldía Mayor interina, cosa aquí prominente: en quien la propone es bondad, y en quien en mis condiciones la acepte, es villanía”.

Como se conoce, su permanencia en el bufete de Azcárate es efímera, pero le permite establecer contactos para seguir luchando por sus ideales, compartidos esta vez con Juan Gualberto Gómez, su compañero en la actividad del bufete y en la labor conspirativa, independentista y revolucionaria que los unió y los llevó a iniciar años más tarde a iniciar La Guerra Necesaria

El mundo de los procesos y los procedimientos en ese medio profesional no lo absorbió, sino que más bien le permitió establecer más clara su concepción sobre el Derecho y su pasión por la Justicia, como expresión esencial del Derecho. Ya en 1877 había expresado: “Yo odio el ejercicio del Derecho. Es tan grande en esencia cuanto pequeño en forma”

Al escrutar en el pensamiento martiano acerca de la relación entre la Justicia, el Derecho y las Ciencias Jurídicas, nos lleva a considerar que Martí tenía una concepción novedosa del Derecho, como nos deja ver en su estadía precisamente en Guatemala, donde escribe su conocido ensayo Los Códigos Nuevos, donde rompe con el Derecho tradicional, nos expresa que “las ideas nuevas se abren paso”, describe algunas de sus claros conceptos y sentencia que “en los pueblos libres, el Derecho ha de ser claro. En los pueblos dueños de sí mismos, el Derecho ha de ser popular”.

Lamentablemente, la situación que lo llevó a abandonar intempestivamente Guatemala, no sólo lo obligó a renunciar a sus apreciados afectos, entre ellos los de su alumnado que seguía con interés sus clases, de quienes dice que “se rebelan mis pobres discípulos; abandonan las clases…”, los mismos que “El día de mi santo me regalaron los pobres una bonita leontina” (¿acaso sería la que le acompañó hasta Dos Ríos?), aquellas circunstancias llevan a Martí.

Apesadumbrado, en las largas misivas ya referidas le dice a su amigo Mercado: “Interrumpo mi libro de Derecho, que sabían ya que escribía y al cual me habían alentado; no publico ya mi periódico, recibido con ira por los más, y por los menos con amor…»

Al vernos privado por tales circunstancias de contar con una seguramente profunda monografía martiana sobre temas de Derecho, hemos de acudir necesariamente a una lectura e interpretación los más completa posible de su pensamiento, a través de toda su obra escrita, que está indisolublemente ligado al pensamiento político y jurídico de la Revolución cubana, desde más de siglo y medio, a partir del Presbítero Félix Varela hasta Fidel Castro.

Es ese el empeño al que estamos convocados los juristas –y como nunca antes comprometidos-, dada la importancia que tiene para el desarrollo de un nuevo derecho que rompa raigalmente con el Derecho tradicional y responda a los principios socialistas de un modelo de sociedad y de Estado ajustados a las particularidades de la realidad histórico social de Cuba, en un contexto en que coyunturalmente la globalización y el desarrollo tecnológico amenazan con nuevas formas de neocolonización, esta vez signado por el modo de producción ferozmente capitalista.

Es en estas circunstancias en las que debemos suscribir que no se trata de memorizar y muchos menos recitar aforismos martianos, como aprendimos en la enseñanza primaria y que -por supuesto-, mucho nos sirvieron para entrar en contacto con las ideas revolucionarias. Hoy, adultos y profesionales estamos convocados a razonar y aprehender sus valiosas enseñanzas y contribuir modestamente  al fortalecimiento de los valores ético-jurídicos propios de ese, su pensamiento, para construir una república “Con todos y para el bien de todos”.

Se trata, en resumen de leer y estudiar a Martí, no de manera simple, sino adentrándonos en el multifacético pensamiento y en los valores profundamente  humanistas de su formación, como esencia del pensamiento revolucionario cubano, orgullo de nuestra historia patria.

II

A partir de las motivaciones de estos comentarios y reflexiones que he titulado Martí con los abogados mexicanos: el derecho, las ciencias jurídicas y las clases orales intentaré ofrecer algunos razonamientos, que para su mejor comprensión a partir del prisma martiano y como parte de un indispensable enfoque holístico, nos relaciona con diversas materias del conocimiento humano, tal y como lo logró brillantemente el propio Martí y como lo apreció y practicó uno de sus más brillantes discípulos, nuestro recordado y querido Comandante en Jefe Fidel Castro.

Ante los múltiples problemas, tanto de carácter teórico como práctico que presenta el Derecho y la inmediatez  que reclama el momento histórico que vivimos hemos de meditar acerca de las formas y contenidos para alcanzar la mayor eficacia  en su aplicación y en el desarrollo verdadero de las Ciencias Jurídicas, los invito finalmente a reflexionar  desde las posiciones ius-filosóficas de Martí que considero esenciales para nuestros objetivos.

Tales son las ideas martianas que me permito traer a colación, con el interés de proponer que demos inicio a un permanente y amplio debate sobre estos temas, nutriéndonos ante todo del pensamiento político y jurídico del proceso revolucionario cubano.

Considero que un proceso de ese tipo, en el seno de nuestra comunidad jurídica, entre los que se muestren interesados un permanente proceso de estudio y debate, ha de favorecer el Proyecto “Hacemos Cuba”,  como sustento de diferentes tesis a considerar, necesariamente relacionadas con el Derecho. El objetivo: contribuir a que el Derecho y las Ciencias Jurídicas ocupen su debido lugar en el desarrollo de la cultura de nuestro pueblo. Fidel nos convoca al desarrollo de una cultura general e integral y estas temáticas, por áridas que resulten, requieren ser abordadas sin falta. Recordemos que “En los pueblos libres…el Derecho ha de ser claro… ha de ser popular”.

En sus dos citadas crónicas que, por su medular importancia me permito reiterar íntegramente lo que El Maestro apuntó al respecto:

“Llevan las cosas en su simple anuncio su verdadera utilidad: ábrense cátedras públicas, donde se razonan con todos los criterios las cuestiones elementales de la ciencia jurídica, ciencia madre como la filosófica, engendro y resultado natural de esta última, tanto más real, cuanto más se aleja de las interpretaciones y las adiciones formales con que la desfigura muchas veces el desmedido afán de ciencia humano”

Luego añade: “Lo verdadero es lo sintético. En el sistema armónico universal, todo se relaciona con analogías, y asciende todo lo análogo con leyes fijas y comunes. Como desde las eminencias abarcan los ojos extensión mayor de tierra, desde el resultado concreto, desde la ley común y fija, desde la deducción análoga que de la contemplación de los seres resulta, abárcase y compréndese número mayor y naturaleza clara de los seres creados.”

En cuanto a la relación entre Ciencia y Derecho, razona:

“Ciencia es el conjunto de conocimientos humanos aplicables a un orden de objetos, íntima y particularmente relacionados entre sí. ¿Es esto el derecho? Es el fundamento de conocer: no es el resultado de haber conocido. Ciencia es en buena hora la jurisprudencia. La inteligencia humana tiene como leyes la investigación y el análisis: los principios naturales de justicia (Derecho puro),—se han aplicado a naturalezas diferentes—(Derecho práctico) y la forma, la compensación de derechos mutuos, la exageración de escuelas distintas, el carácter dudoso de algunas aplicaciones particulares, la necesidad de violentar o conformar los preceptos naturales puros al realizarlos en un cuerpo social desviado por las condiciones imaginativas y de libre albedrío humano de su forma pura natural,—han creado el conjunto de preceptos jurídicos, han particularizado las formas generales, han conformado a los casos accidentales el precepto esencial, han creado el derecho de aplicación y relación, especie de desmenuzamiento del espíritu, conjunto de interpretaciones variables de una serie de verdades fundamentales, que son realmente así una ciencia humana, bien llamada con el nombre de jurisprudencia”.

Al reflexionar sobre el contenido del párrafo que acabamos de leer, cabe que interpetemos acertadamente  que para Martí la Ciencia no está en el Derecho en sí (y mucho menos en la norma que denomina “Derecho práctico -o “Derecho posiivo” para numerosos teóricos teóricos). Para el, “la jurisprudencia” es en verdad Ciencia, en tanto  es la relación y aplicación de un conjunto de interpretaciones variables que encierran.

Con posterioridad, en 1877, al elaborar en Guatemala sus elogiosos comentarios sobre el nuevo Código Civil que se acababa de promulgare en ese país, confirma ese carácter de Ciencia, al señalar que el referido Código “conserva lo justo, introduce lo urgente, y adecua con tacto a las necesidades actuales las ideas del Derecho Natural”. Y añade: “Y eso quiere , y es , la justicia; la acomodación del Derecho positivo al natural”.

Sobre esa relación entre la Justicia y el Derecho (el “Derecho práctico), en 1882 completa aun más estas ideas, al añadir que  “La Justicia ha de dar y no recibir moldes”.

Volvemos a su Crónica sobre las Clases Orales, en las que abunda: Existe en el hombre la fuerza de lo justo, y este es el primer estado del Derecho. Al conceptuarse en el pensamiento, lo justo se desenvuelve en fórmulas: he aquí el derecho natural.—Y al realizarse en la vida, las fórmulas se desenvuelven en aplicación, la concurrencia de derechos crea derechos especiales: los sistemas políticos en que domina la fuerza crean derechos que carecen totalmente de justicia, y el ser vivo humano que tiende fatal y constantemente a la independencia y al concepto de lo justo, forma en sus evoluciones rebeldes hacia su libertad oprimida y esencial, un conjunto de derechos de reconquistas, derechos medios, derechos parciales, que producen la jurisprudencia, la ciencia de la aplicación de las fórmulas, lo que bien pudiera llamarse justicia de aplicación y relación”.

He aquí la verdadera Ciencia que, en el juicio martiano, debemos buscar en el Derecho, no en el que formalmente nos ofrece la norma, sino en su esencia vinculante con el sentido de la Justicia. La verdadera Ciencia -podemos considerar, se ha de manifestar, por una parte, en el redacta la norma y en el que legisla y la pone en vigor –la legitima- , y de la otra, en el llamado “operador jurídico” que al aplicarla al hecho concreto, de trascendencia jurídica. El operador se ha de ajustar a la norma, pero interpretándola en el contenido esencial que le dio el legislador, o sea, la norma como instrumento para que, en su aplicación, prevalezca la mayor justicia posible.

Este ha de ser un tema a considerar oportunamente, como parte de la responsabilidad que asume cada jurista, en el que doctrinas jurídicas y presupuestos formales han de estar siempre acompañados de la conciencia, puesto que, en 1881 el Maestro escribió: “He aquí la ley suprema, legislador de legisladores y juez de jueces: la conciencia humana”. Diez años más tarde, en 1891, nos dice que: “A lo que se ha de estar no es a la forma de las leyes, sino a su espíritu”

Con modestia expresa al concluir su crónica sobre Las Clases Orales:

“El boletinista pide perdón por haberse desviado tanto de su objeto principal: ¿Quién ha de creer que todas estas extemporáneas reflexiones, tenían por objeto expresar la opinión humilde de que, más que lecturas reposadas y severas, convienen a la vitalidad e interés de las clases orales, lecciones habladas, en las que las fluctuaciones del discurso permiten variedad mayor a la materia que se explica, y las interpelaciones, las adiciones momentáneas, los recuerdos de ocasión, el lenguaje natural y propio añadirían tanto agrado a las áridas cuestiones que en las clases del Colegio de Abogados se deben tratar?”

Al final de su disertación sugiere el método, la forma de desarrollar “Las clases orales”:

“No fuera quizás desacertado por parte del Colegio reflexionar un tanto sobre esta opinión humilde. La variedad debe ser una ley en la enseñanza de materias áridas. La atención se cansa de fijarse durante largo tiempo en una materia misma, y el oído gusta de que distintos tonos de voz lo sorprendan y lo cautiven en el curso de la peroración. La manera de decir realza el valor de lo que se dice: —tanto, que algunas veces suple a esto.

Una lectura no sujeta, antes distrae la atención: la naturaleza humana y sobre todo, las naturalezas americanas, necesitan de que lo que se presente a su razón tenga algún carácter imaginativo; gustan de una locución vivaz y accidentada; han menester que cierta forma brillante envuelva lo que es en su esencia árido y grave. No es que las inteligencias americanas rechacen la profundidad: es que necesitan ir por un camino brillante hacia ella.

Pudiera decirse que se pretende dar con las lecturas cierto carácter respetable a las clases orales. Las clases no lo necesitan.—Los conocimientos se fijan más, en tanto se les da una forma más amena. No tienen ciertamente las personas encargadas de las lecciones del Colegio, nada que temer en cuanto al éxito que allí pudiera tener su palabra. Son todos ellos jurisconsultos distinguidos, apreciados en su valer, y en su mayor parte amados por la juventud que ha de asistir a las clases. Con placer se nota en México que la juventud se da prisa y pone empeño en ensalzar y hacer visibles las prendas de los que juzgan sus maestros, y de quienes calurosa y entusiastamente hablan.

Viven las clases de la animación y el incidente. Necesita a veces la atención cansada un recurso accidental que la sacuda y la reanime. Grábanse mejor en la inteligencia los conceptos que se expresan en la forma diaria y natural, que los que se presentan envueltos en la forma diluida, siempre severa y naturalmente detallada, de las peroraciones escritas. El que escribe lo que ha de leer, sabe que escribe lo que, por el hecho de no ser improvisación, ha de someterse a juicio: quiere, por tanto, que el juicio no halle nada censurable en él.

No debe ser este el carácter de una lección. Frecuente es en las tierras americanas el don de la palabra, y antes es aquí difícil hallar quien la tenga penosa: la exuberancia de estos pueblos vírgenes se manifiesta poderosamente en todas las formas. Es a más cosa cierta que no se habla mal de aquello que se conoce bien. Conocida es la aptitud de los que han sido elegidos para hacer práctica la bella idea del Colegio de Abogados: sábese de público que honran todos el foro mexicano, y algunos de ellos a la par el foro y la elocuencia: la condición está, pues, cumplida; y la palabra sobre materia conocida debe ser sin duda alguna, a la par que sólida e instructiva, galana y fácil.”

De la lectura abreviada y rápida de esas consideraciones nos percatamos que fluye en el pensamiento del excelso cronista un enfoque abarcador, inter, multi o transdisciplinario, a partir de “principios comunes, base común de ciencias diferentes…que va de la ramificación al tronco uno”.

  III

Martí: filósofo y jurista

La ciencia jurídica, ciencia madre como la filosófica. La verdad  real y la verdad ideal. La certeza como base de los conocimientos.

Debemos reiterar que es imposible intentar una más fiel comprensión del pensamiento martiano, sin acercarnos a sus ideas filosóficas. Mucho más, si se trata de escrutar en sus ideas sobre la Justicia, el Derecho y las Ciencias, particularmente las Ciencias Jurídicas.

Ante todo, en el conjunto de su pensamiento observamos que sus ideas se liberan de las formas, de los dogmas, para adentrarse en las cuestiones esenciales. De ahí que odiara el ejercicio del Derecho y reconociera el valor del Derecho en su contenido esencial.

El carácter científico de su pensamiento lo demuestra cuando nos acerca a la naturaleza humana, siempre buscando la verdad de las cosas presentes en el Universo.

Nos dice:

“…así, de una verdad nacen las ciencias, y así las ciencias van a una verdad y apenas el espíritu generalizador entra a estudiarlas, descubre en ellas principios de una a otra, principios comunes, base común de ciencias diferentes que dice cómo todo va de la ramificación al tronco uno”.

Es decir, podemos entender que es a esa unión de todas las Ciencias específicas es a lo que llama Ciencia Trascendental. “La ciencia trascendental existe, pues. El talento más estimado es el sintético. El genio es superior entre los hombres porque abarca más de una mirada. En la tierra misma, mientras más altos son los espíritus, más sencillas conciben las ideas. Pero no han en la tierra espíritu tan alto que conciba y en sí encierre y en sí resuma la verdad generadora de verdades. Vemos que se unen, que se forman en grupos, que ascienden en progresión simplificadora; pero en la Tierra la vida más ilustre es absorbida por una sola ciencia.

La ciencia trascendental, existe, pero no existe en el orden intelectual humano.

Y al acotar en una nota que refiere como principios mios, nos aclara que “Tal como se la busca, no existe en ningún orden intelectual, la ciencia trascendental. Existe –dice-, distinto género de cosas, y cada una de ellas es una verdad, y cada género hace género distinto de verdades. Hay armonía entre las verdades, porque hay armonía entre las cosas; pero de esta armonía no se puede decir que todas las cosas sean una”. ….El principio de conocimiento de las cosas está en las cosas mismas… El universo es la unión de todas las cosas, lo que implica reunión de todos los principios del conocer de las cosas. El universo es el principio de los conocimientos humanos.

El yo no es un principio absoluto de los conocimientos humanos. Es un agente dispuesto a conocer”.

Estos razonamientos hacen valedera la necesidad de toda ciencia particular (las Ciencias Jurídicas, en nuestro caso), de acudir, nutrirse e incorporar indefectiblemente las verdades de otras muchas ramas del conocimiento, o lo que es lo mismo, en términos más actuales, los enfoques multi o transdiciplinarios.

Estas mismas consideraciones filosóficas que encontramos en Martí, por universales, son valederas a hora de la elaboración legislativa. Veamos un enfoque que sobre la certeza Martí nos ofrece::

“La certeza, pues, existe. El trabajo de la Filosofía consiste en investigar sus fundamentos y la manera de adquirirla.

Esa certeza, que la Ciencia nos aporta a partir de la investigación y la comprobación científica, la encontramos a partir de la descripción en la que Martí vincula la que denomina “verdad real”, con la “verdad ideal”. Según sus razonamientos:

“Las verdades reales son los hechos.

Un hecho es una verdad. Un hecho es real. La verdad que consiste en un hecho verdaderamente existente  es una verdad real.

Cada hecho es una verdad real.

Cada hecho no puede ser más que una sola verdad real.

Los hechos por si solos nada explican, si la inteligencia nos los examina y los fecunda.

Toda deducción de los hechos es una verdad ideal.

Las verdades  reales con impotentes si no las animan las verdades ideales. El hecho es la verdad real. La verdad ideal es la reflexión sobre los hechos. Así, en lo humano, de los hechos se desprenden las verdades; de los hechos semejantes, las verdades comunes; de las verdades comunes, lo común de la verdad. Así, fructificando con la inteligencia la materia, la materia firmemente apoyada en terreno de verdad sólida y firme concibe primero y necesita luego y entiende siempre la necesaria e inevitable verdad fundamental”.

“La vida –nos dice-, es ideal y real…. Toda idea es una verdad ideal: toda verdad ideal, como compuesta de parte sólo de verdad, no puede dar el principio primero, verdad que en sí tiene el todo de todas las verdades”.

“La verdad ideal más poderosa es infructífera si no se une a la verdad real que la inspira o sobre la que, una vez pensada, cae”.

“…El espíritu percibe y siente, y con ello alcanza la verdad” –nos afirma, pero según sus propios razonamientos, “siempre a partir de que sólo en percepción que nos ofrecen los hechos, como verdades reales, podemos encontrar la explicación certera, siempre que la acompañemos  de las experiencias y razonamientos que la verdad del caso nos brinda y sugiere, alimentados por los más variados saberes  de las diferentes disciplinas, como parte de una concepción sistémica y armónica del universo. Es así como se cumple el objeto de la Ciencia, en la búsqueda de la verdad en las cosas y los fenómenos que nos rodean”.

Estas ideas martianas sobre el objeto de la Ciencia, su visión sistémica y sobre y la necesidad de contar con percepciones que debemos acompañar con experiencias y razonamientos, alimentados por los más variados saberes, se anticipan al desarrollo de las modernas teorías científicas tales como la Teoría General de Sistemas, las teorías sobre la Información y sus resultantes que han dado lugar a la Ciencia Cibernética, que conjugadas con el desarrollo tecnológico, principalmente en el campo de las comunicaciones, nos ofrecen un terreno que debemos abonar con muchas de las ideas contenidas en el pensamiento humanista y solidario que propugnó en su obra y con su ejemplo, que forman parte del pensamiento y la acción de su mejor discípulo: el Comandante en Jefe Fidel Castro.

Consecuentes con ese pensamiento revolucionario que nos inculcaron, seguimos adelante, seguros de que las nuevas ideas se abren paso.